~Actualidad~
Desde hoy, y con el paso de los día, vamos a subir temas que resuman un poco lo que nos parece importante a este nivel. Comenzamos:
Una oleada de mafiosos de todo el mundo piden ser juzgados en España
de El Ventano
El Consejo General del Poder Judicial está recibiendo numerosos emails procedentes de prestigiosos despachos de todo el mundo solicitando que sus defendidos puedan ser juzgados en España.
Según la secretaria del Consejo, Maripuri Cospedal, las solicitudes vienen de bufetes especializados en la defensa de los más famosos capos del mundo del hampa, especialmente de Italia, Brasil, Colombia y Mëxico.
Maripuri ha resaltado que el tono de los correos recibidos era bastante chulesco y amenazante, aunque no ha querido desvelar sus contenidos porque "dicen cosas que una señorita de bien no debe pronunciar".
Por su parte, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, ha saludado esta demanda "porque puede suponer unos buenos ingresos para el Estado con la implantación del copago.. Es gente que tiene mucho dinero, y no van a poner ninguna pega si les cobramos un buen pellizco para ser juzgados en nuestro país".
"Además, esta demanda demuestra el elevado prestigio que tiene la Justicia española en el resto del mundo. Nunca en la historia ha habido un número tan elevado de peticiones en este sentido. Al igual que hay paraísos fiscales, España puede convertirse en un 'paraíso judicial' de gran prestigio internacional" ha resaltado un Gallardón exultante".
*Actualización del tema: No está corroborado, pero al parecer Kim Schmitz, el creador de Megaupload, quiere ser juzgado en España.
Un jurado con faltas de ortografía
de El Mundo.es
El «Acta de Votación del Jurado» del juicio de Camps no superaría un examen de ortografía de la ESO. Ya en la primera frase el texto avisa de que «el jurado, a deliberado», y eso es sólo el aperitivo de 16 folios plagados de faltas de concordancia, mala puntuación, palabras con errores y ausencia de tildes.
Dos frases ayudan a evaluar el nivel de redacción del autor del acta que declaró a Camps y Costa no culpables. Al referirse a los elementos de convicción, se afirma que «los supuestos regalos no han quedado demostrados que se les hallan pagado a los acusados, mediante el informe pericial que tambien afirma esta conclusion».
Más adelante, el texto defiende que Costa «no recibio prenda alguna en consideración a su cargo, basandonos en las declaraciones de los funcionarios de conselleria en la cual, todos coinciden que no tenian influencia alguna en materia de contratación».
El texto insiste en no colocar tildes allí donde corresponde. No aparecen ni en palabras agudas («ningun», «segun»,...), ni en monosílabos («mas», «si que hemos tenido en cuenta»), ni en palabras esdrújulas. El error se repite incluso en nombres y apellidos como «Jordan» o «Jose Tomas».
De los errores en la redacción de palabras, el más repetido es el que tiene que ver con la confusión de la letra b por la v. Se inventan así palabras como «faborable» o «tubiera» y surgen los «tikets».
El autor del acta consiente en retirar la mayúscula de palabras que deben utilizarla, como sucede al referirse a la «fiscalia» (sin tilde), la «generalitat» o el nombre de una de las tiendas mencionadas en todo el proceso, que pasa a ser «forever young». En cambio, se escribe «Donde» dentro de un paréntesis en mitad de una frase.
La redacción es reiterativa y parece apresurada («no tienia»). Por eso son tan habituales las faltas de concordancia. Según el jurado, «nos basamos en las contradicciones de las dencaraciones de D. Jose Tomas [...] que entran en contradiccion por lo tanto, al haber duda, aplicamos la condicion más favorable tal y como estable la ley, para los acusados».
Más adelante, el texto dice que los informes de los peritos «coinciden en que no se pueden relacionar al 100% que la documentación acredita los pagos». Y en su última página aclara que «no han ocurrido incidencias» en la deliberación.
Una de las cuestiones más llamativas es que muchos errores aparecen corregidos en el propio texto, lo que hace pensar en una revisión ortográfica de urgencia.
El jurado estaba compuesto por nueve personas, seis hombres (cuatro de ellos de menos de 35 años y los otros dos en torno a los 45 años) y tres mujeres (dos en torno a los 50 años y una de menos de 35 años). Asistentes al juicio coincidieron en destacar que los dos hombres que superaban la cuarentena se singularizaron por prestar más atención a las defensas que a las acusaciones, y uno de ellos se habría convertido finalmente en el portavoz del jurado. No es posible conocer quién redactó el acta.
*No hay actualizaciones sobre el tema.
Condenan al Ayuntamiento de Lepe a pagar 27.800 euros a la SGAE por derechos de autor
también de El Mundo.es
El Ayuntamiento de Lepe (Huelva) tendrá que pagar más de 27.800 euros a la Sociedad General de Autores de España (SGAE) por usar, sin licencia, músicas y obras acogidas al derecho de autor en los espectáculos celebrados en el teatro municipal a lo largo de cuatro años.
Así lo establece una sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva, de julio de 2011 y dada a conocer ahora ante el pleno que se celebrará este jueves, en la que se condena al Consistorio onubense al pago de esta cuantía por organizar, entre los años 2000 a 2003 –cuando aún gobernaba el PSOE–, eventos en los que se utilizaban diversos soportes musicales sin el correspondiente abono de un canon a la SGAE.
Esta sentencia se produce tras un larga batalla judicial entre el Ayuntamiento de Lepe y la Sociedad General de Autores de España. De hecho, la SGAE trató sin éxito en 2001 que un juzgado onubense ordenase clausurar el Teatro Municipal Alcalde Juan Manuel Santana de Lepe para la celebración de espectáculos musicales tan sólo unos meses después de su inauguración, medida que tenía por objeto presionar al Consistorio para que pagase un impuesto a la sociedad.
Esta petición fue desestimada por el juez instructor, que en su fallo argumentó que el cierre del teatro "perjudicaría a los propios autores amparados en la SGAE, que son los que tienen que estar protegidos en primera instancia por la misma".
Perdida esta primera batalla, la SGAE mantuvo el litigio contra el Consistorio para cobrar el canon por el uso de músicas y obras acogidas a derecho de autor, lo que llevó a una sentencia inicial que condenaba al Ayuntamiento a pagar 2.913 euros, cantidad que la sociedad consideró ridícula, por lo que decidió apelar.
Ahora, la Audiencia Provincial de Huelva ha castigado al Consistorio de Lepe –actualmente gobernado por el PP– a pagar 27.834 euros a la SGAE.
*Actualización: En realidad esta no es la noticia que íbamos a publicar, hemos perdido la fuente de la original terminando por poner esta, dado que están sucediendo casos similares.
Eso es todo por ahora, se despide ManuSan95.
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